martes, 2 de marzo de 2021

RESPONSABILIDAD JURÍDICA DE LOS GOBIERNOS PROVINCIALES EN EL ACAPARAMIENTO DE TIERRAS



RESPONSABILIDAD JURÍDICA DE LOS GOBIERNOS PROVINCIALES EN EL ACAPARAMIENTO DE TIERRAS

«El Acaparamiento de Tierras o Land Grabbing, se ha convertido en un fenómeno expresivo de un desmesurado afán por controlar los recursos naturales, especialmente protagonizado por grandes empresas, muchas veces de ámbito transnacional y en convivencia frecuente con poderes estatales(CAMARERO, V. y ZAMORA, F.J. «En torno al derecho humano al agua y al saneamiento en la carta Encíclica Laudato si del santo Padre Francisco». Revista de Derecho, Agua y Sostenibilidad-REDAS núm. 0, 2016 pág.3. Citado por Lorea Arego Segarra, en su tesis doctoral «ACAPARAMIENTO DE TIERRAS (LAND GRABBING): PERSPECTIVA GENERAL Y PROBLEMAS SUSCITADOS AL RESPECTO POR LAS EMPRESAS MULTINACIONALES ESPAÑOLAS«)

 

El gobierno de Cristina Fernández de Kirchner buscó limitar el desembarco de foráneos en la Argentina,
El gobierno de Mauricio Macri hizo lo posible para la llegada de inversores extranjeros

 

La Argentina tiene 266.711.077 hectáreas de tierras rurales con posibilidad de explotación agropecuaria, ganadera, vitivinícola o minera.

De acuerdo con datos del Registro Nacional de Tierras Rurales (RNTR)  casi un 6% de ese territorio rural argentino hoy está en manos de extranjeros.

La Ley 26737, Régimen de Protección al Dominio Nacional sobre la Propiedad, Posesión o Tenencia de las Tierras Rurales. fue sancionada en diciembre de 2011. Y se encuentra plenamente vigente, al menos en lo que hace a la responsabilidad de las autoridades nacionales, provinciales y municipales.

Repasemos su articulado, para que no queden lugar a dudas.

ARTICULO 1º — La presente ley rige en todo el territorio de la Nación Argentina, con carácter de orden público.
Debe ser observada según las respectivas jurisdicciones, por las autoridades del gobierno federal, provincial y municipal, y se aplicará a todas las personas físicas y jurídicas que, por sí o por interpósita persona, posean tierras rurales, sea para usos o producciones agropecuarias, forestales, turísticas u otros usos. A los efectos de la presente ley se entenderá por tierras rurales a todo predio ubicado fuera del ejido urbano, independientemente de su localización o destino.

ARTICULO 2º — Configura el objeto de la presente ley: a) Determinar la titularidad, catastral y dominial, de la situación de posesión, bajo cualquier título o situación de hecho de las tierras rurales, y establecer las obligaciones que nacen del dominio o posesión de dichas tierras, conforme las previsiones de la presente ley; b) Regular, respecto de las personas físicas y jurídicas extranjeras, los límites a la titularidad y posesión de tierras rurales, cualquiera sea su destino de uso o producción.

ARTICULO 6º — Queda prohibida toda interposición de personas físicas de nacionalidad argentina, o de personas jurídicas constituidas en nuestro país, a los fines de configurar una titularidad nacional figurada para infringir las previsiones de esta ley. Ello se considerará una simulación ilícita y fraudulenta.

ARTICULO 7º — Todos los actos jurídicos que se celebren en violación a lo establecido en la presente ley serán de nulidad total, absoluta e insanable, sin derecho a reclamo indemnizatorio alguno en beneficio de los autores y partícipes del acto antijurídico. A los efectos de esta disposición se considerarán partícipes quienes hicieran entrega de las tierras u otorgaren instrumentos, públicos o privados, que conformaren el obrar antijurídico, los que responderán en forma personal y solidaria con su patrimonio por las consecuencias dañosas de estos actos. La autoridad de aplicación está facultada a examinar los actos jurídicos conforme su naturaleza real, sin sujetarse al nombre que le impongan las partes otorgantes.

 

Con el pretexto de las autonomías federales, las provincias más empobrecidas, convertidas en auténticos feudos, hicieron la vista gorda y en algunos casos el porcentaje permitido supera largamente a la ley (5% por jurisdicción de cualquier tipo o por propietario)

Algunos estados proviciales han violado expresamente el espíritu y la letra de la ley, y por lo tanto son factibles de ser sometidos al requerimiento judicial.

Pero, volviendo al origen de este artículo, las autoridades que incumplieron las disposiciones de esta ley deben ser llamadas a dar explicaciones ante la ley. Y los inversores extranjeros que incumplieron con esta legislación, directamente no tienen derecho a reclamo alguno.

Como supo decir en su momento el General José de San Martín, en su proclama a los pueblos de las Provincias Unidas del Río de la Plata.

"El genio del mal os ha inspirado el delirio de la federación: esta palabra está llena de muerte, y no significa sino ruina y devastacion. Yo apelo sobre esto á vuestra propia experiencia, y os ruego que escuchéis con franqueza de animo la opinion de un general que os ama, y que nada espera de vosotros. Yo tengo motivos para conocer vuestra situacion, porque en los dos ejércitos que he mandado, me ha sido preciso averiguar el estado político de las provincias que dependían de mi. Pensar establecer el gobierno federativo en un pais casi desierto, lleno de zelos y de antipatias locales, escaso de saber y de experiencia en los negocios públicos, desprovisto de rentas para hacer frente á los gastos del gobierno general, fuera de los que demande la lista civil de cada estado; es un plan cuyos peligros no permiten infatuarse, ni aun con el placer efimero que causan siempre las ilusiones de la novedad."

La Constitución de 1994 traía un puñal debajo del poncho: entregar los recursos naturales a las provincias, mientras entregaba la nación a las potencias imperiales.

Los gobernadores se convirtieron en señores feudales de la Reina del Plata, que a su vez se inclinaba graciosamente ante los verdaderos dueños del poder en el planeta.

Alberto Fernández parece haber comprendido el mensaje sarmantiniano. Zafar elegantemente del poder enquistado en la CABA y acrecentar el poder de las provincias regionalizando el país, es un paso hacia la solución.


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